12 enero, 2022
Las opciones para trabajar solo con el título de médico general en España son escasas, por lo que es muy probable que quieras homologar tu título de especialista. Para eso te has esforzado, ¿verdad?
No vamos a mentirte: a no ser que hayas hecho la especialidad en la Unión Europea, el proceso es largo y tedioso, pero ni mucho menos imposible, así que, ¡vamos a ello!
Lo que necesitas para ejercer en España si has hecho la especialidad en otro país de la Unión Europea es seguir un trámite llamado reconocimiento de la cualificación profesional. Este reconocimiento es relativamente sencillo y rápido, sobre todo si tu especialidad es candidata a reconocimiento automático, es decir, si aparece en el anexo V, punto 5.1.3 de la Directiva 2005/36/EC.
Si tu especialidad no aparece en este anexo o alguno de los países (el tuyo o España) no tiene exactamente la misma especialidad, no puede reconocerse por el procedimiento de reconocimiento automático, pero sí por el procedimiento general. En caso de que existan diferencias significativas entre ambos países, pueden solicitarte una prueba de aptitud y/o un período de prácticas para completar la formación.
La documentación que precisas en ambos casos (reconocimiento automático y procedimiento general), así como los requisitos que deben cumplir los documentos y los lugares para presentarlos, la tienes aquí.
Te recomendamos leer bien la normativa que rige el reconocimiento de títulos europeos:
Consulta siempre la información oficial, ya que puede variar con el tiempo.
En 1 mes deberían revisar la solicitud para comprobar que tiene la documentación necesaria y solicitarte la que falte, y en 3 o 4 meses más emitir la resolución.
Para trabajar como especialista en España si eres de un país de fuera de la Unión Europea tienes tres vías:
Recuerda que cualquiera de estas tres opciones requiere homologar primero el título de medicina general. Es decir, en ningún caso se puede homologar directamente un título de especialista extracomunitario.
Por otro lado, ten en cuenta que otro requisito obligatorio para solicitar la homologación es que, si la especialidad es armonizada a nivel europeo, el programa formativo debe tener un número mínimo de años, que puedes consultar aquí. Si tu especialidad aparece en esta lista, pero en tu país dura menos años, no puedes solicitar la homologación. Si tu especialidad no aparece en esta lista, este requisito no es obligatorio.
Junto con el formulario de solicitud de homologación, debes entregar la siguiente documentación:
Una vez que hayas conseguido los documentos, hay varios pasos antes de presentarlos (debes hacerlos en este orden):
Estos pasos son los mismos que hiciste para homologar el título de médico general, que ya explicamos en un artículo anterior. También puedes verlo en este anexo (punto 4) del Real Decreto 459/2010, de 16 de abril y en estas preguntas frecuentes del Ministerio de Sanidad. En este último documento te resuelven muchas otras dudas, así que no dejes de leerlo.
Se puede entregar en el consulado o las representaciones diplomáticas españolas de tu país, en el Ministerio de Sanidad de España, en cualquiera de los registros periféricos del Ministerio o en los registros de las Delegaciones o Subdelegaciones de Gobierno.
La solicitud debe ser presencial, mediante cita previa, aunque si después te requieren algún otro documento podrías presentarlo por vía electrónica si dispones de certificado digital o DNI electrónico. En este documento del Ministerio de Sanidad te lo explican.
A partir de aquí, el Ministerio de Sanidad se ocupa de la homologación en tres fases:
Por supuesto, puedes recurrir la resolución si no estás conforme
Aunque el plazo legal es de 6 meses, la cruda realidad es que ese plazo no se cumple, y hay quien tarda hasta 7 años en conseguirlo. Sin embargo, la necesidad de especialistas que tienen algunas comunidades permite ser optimistas y pensar que, al igual que el Ministerio de Universidades está haciendo esfuerzos para agilizar la homologación del título de medicina (al menos, hay en marcha un real decreto en este sentido), también el Ministerio de Sanidad irá en esta línea.
En cualquier caso, existen abogados y empresas especializadas en este tipo de trámites que pueden ayudarte. Si te lo puedes permitir, te lo recomendamos encarecidamente, ya que te ahorrarás muchos quebraderos de cabeza.
Esta homologación se rige por el Real Decreto 459/2010, de 16 de abril.
Lo primero, ¡enhorabuena! Ya puedes trabajar como médico especialista en España.
Un requisito es tener permisos de residencia y trabajo, si no eres ciudadano de la Unión Europea. Si no los tienes y cumples las condiciones, existe una vía rápida para obtenerlos, que es la autorización para profesionales altamente cualificados. Hay empresas que te ayudan a gestionarla.
Otro de los requisitos es colegiarte en la provincia en la que vayas a ejercer. En la página de la Organización Médica Colegial de España encontrarás enlaces a los colegios de cada provincia, donde podrás consultar lo que necesitas para hacer este trámite.
Ahora sí, ¡a disfrutar de tu profesión!
RES.0205.122021